Contrato de Encargo de Tratamiento (DPA)
Última actualización: 6 de agosto de 2026. Este contrato forma parte de los Términos y Condiciones y aplica automáticamente a toda gestoría cliente.
1. Partes y objeto
La gestoría cliente (el «Responsable») encarga a Pablo Díaz-Llanos Domínguez (el «Encargado») el tratamiento de datos personales necesario para prestar Regestia, conforme al art. 28 del RGPD.
2. Naturaleza, finalidad y duración del tratamiento
Tratamiento automatizado consistente en: almacenar los datos de expedientes y presentantes introducidos por el Responsable, consultar diariamente el estado de dichos expedientes en el portal oficial del Registro Mercantil de Madrid, custodiar los justificantes y demás documentos asociados a los expedientes, y enviar notificaciones a las direcciones configuradas por el Responsable. Duración: la de la prestación del servicio, más el periodo de solo lectura de 30 días posterior a la cancelación.
3. Tipos de datos y categorías de interesados
- Interesados: representantes y presentantes designados por el Responsable; personas físicas vinculadas a las sociedades cuyos expedientes se siguen; usuarios del Responsable.
- Datos: identificativos (nombre, NIF), de contacto (domicilio, teléfono, email) y datos económicos derivados de los justificantes (importes).
4. Obligaciones del Encargado
- Tratar los datos únicamente siguiendo las instrucciones documentadas del Responsable y para las finalidades del servicio.
- Garantizar la confidencialidad del personal autorizado y el principio de mínimo privilegio, con acceso interno auditado.
- Aplicar las medidas de seguridad del art. 32 RGPD: cifrado en tránsito y en reposo, aislamiento por cuenta a nivel de base de datos, registro de accesos y acciones, y copias de seguridad.
- No subcontratar sin cumplir el apartado 5.
- Notificar al Responsable, sin dilación indebida, las violaciones de seguridad de las que tenga conocimiento, con la información disponible.
- Asistir al Responsable en la atención de los derechos de los interesados y en las obligaciones de los arts. 32 a 36 RGPD.
- Poner a disposición del Responsable la información necesaria para demostrar el cumplimiento, y permitir auditorías razonables con preaviso.
5. Subencargados
El Responsable autoriza de forma general la subcontratación de los siguientes subencargados, cada uno con contrato de encargo conforme al art. 28 RGPD:
- Proveedores de infraestructura (hosting, base de datos y almacenamiento de ficheros).
- Pasarela de pago (Stripe), para la gestión de suscripciones y facturación.
- Proveedor de email transaccional, para el envío de notificaciones y avisos.
La lista vigente se facilitará a petición del Responsable, que será informado de cambios —incluida la incorporación de cualquiera de los subencargados anteriores— con antelación razonable y podrá oponerse por motivos justificados.
6. Transferencias internacionales
Si alguno de los subencargados indicados en la sección 5 tratara datos fuera del Espacio Económico Europeo, dicha transferencia se ampararía en una decisión de adecuación o en las cláusulas contractuales tipo aprobadas por la Comisión Europea. [Confirmación de la ubicación exacta de cada subencargado: pendiente de cerrar con la elección definitiva de proveedores y de revisión legal.]
7. Fin del encargo
Al terminar el servicio, el Responsable puede exportar sus datos durante el periodo de solo lectura de 30 días. Transcurrido este, el Encargado suprimirá todos los datos personales tratados por cuenta del Responsable, salvo los que deba conservar por obligación legal.